miércoles, 26 de marzo de 2014

El Camino de La Alimentación Saludable

NORMATIVIDAD

 NORMAS COLOMBIANA PARA ALIMENTOS



El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos de la República de Colombia (INVIMA) tiene la función de ejecutar el control sanitario tanto de los medicamentos como de los alimentos producidos y comercializados en la República de Colombia.
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL.

DECRETO NÚMERO 539 DEL 12 MARZO DE 2014 :Por el cual se expide el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los importadores y exportadores de alimentos para el consumo humano, materias primas e insumos para alimentos destinados al consumo humano y se establece el procedimiento para habilitar fábricas de alimentos ubicadas en el exterior.



Decreto 1686 de 2012: Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendió, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano.



Decreto 2270 - Noviembre 2/2012: Por el cual se modifica el Decreto 1500 de 2007, modificado por los Decretos 2965 de 2008, 2380, 4131, 4974 de 2009, 3961 de 2011, 917 de 2012 y se dictan otras disposiciones; el siguiente texto: 
Modifica los artículos 2, 3, 4, 11, 12, 14, 15, 23, 25, numeral 1.2.4 del artículo 26, artículos 27, 33, 44, 49, 51 y 52 del Decreto 1500 de 2007. Adiciona el artículo 8 del Decreto 1500 de 2007. Deroga los artículos 18, 19, 21, 22, 24, 32 y 34 del Decreto 1500 de 2007.

Decreto 1362 - Junio 25/2012: Por el cual se crea la Comisión Nacional Intersectorial para la Coordinación Y Orientación Superior del Beneficio De Animales Destinados Para el Consumo Humano.

Decreto 0917 del 03 de Mayo de 2012: Por el cual se modifica el Decreto 1500 de 2007, modificado por los Decretos 2965 de 2008, 2380, 4131. 4974 de 2009 y 3961 de 2011 y se dictan otras disposiciones.

Decreto 3961 - Octubre 25/2011: Por el cual se establecen medidas transitorias en relación con las Plantas de Beneficio y Desposte de Bovinos, Bufalinos y Porcinos; el siguiente texto: Deroga el Decreto 1828 de 2006.

Decreto 1880 - Mayo 27/2011: Por el cual se señalan los requisitos para la comercialización de leche cruda para consumo humano directo en el Territorio Nacional, el siguiente texto: Deroga el No. 2 del artículo 14 del Decreto 616 de 2006 y los Decretos 2838 de 2006 y 3411 de 2008.

Decreto 1673 - Mayo 13 de 2010: Por el cual se modifica el artículo 50 del Decreto 616 de 2006, el siguiente texto: Modifica el artículo 50 del decreto 616 de 2006.

Decreto 4974 - Diciembre 23/2009: Por el cual se modifica parcialmente el Decretos 1500 de 2007, modificado por los decretos 2965 de 2008, 2380 y 4131 de 2009., el siguiente texto: Modifica el artículo 98 del Decreto 1500 de 2007.

Decreto 1175 - Mayo 10/2003: Por medio del cual se adiciona un literal al artículo 50 del Decreto 3075 de 1997.

Decreto 60 - Enero 18/2002: Por el cual se promueve la aplicación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico - Haccp en las fábricas de alimentos y se reglamenta el proceso de certificación.






domingo, 9 de marzo de 2014

Falta de Inocuidad en Colombia


Cuando un país tiene la preocupación por producir alimentos inocuos, está dándole a su desarrollo un valor agregado, pues no únicamente está previniendo a su población de posibles enfermedades. 


El país viene preparándose para asumir los retos en materia de inocuidad, sin embargo, algunos sectores son más vulnerables que otros y es ahí donde está el punto de quiebre.
Cuando un país tiene la preocupación por producir alimentos inocuos, está dándole a su desarrollo un valor agregado, pues no únicamente está previniendo a su población de posibles enfermedades, sino que además promueve el comercio internacional gracias a los altos estándares que llegan alcanzar los alimentos que puede exportar a otras naciones, lo que representa un medio para promover el crecimiento y disminuir la pobreza.
Es precisamente a esta preocupación hacia donde deben apuntar los objetivos en materia de inocuidad. Una intención que debe trabajarse en conjunto y no de forma individual, en la que se pongan en debate cuáles son las demandas de los protagonistas de la cadena es decir el Gobierno y los gremios empresariales. -See more at: http://www.revistaialimentos.com.co/ediciones/ediciones-2011/edicion-24/especial-inocuidad-en-colombia/lo-que-falta-en-inocuidad-en-colombia-2.htm#sthash.ZJcADhln.dpuf


La leche falencias en la inocuidad


"El caso de la leche cruda es uno de ellos, no se puede medir con la misma vara a un crudero que a un industrial que cumple con toda la normatividad, y que el hecho de practicarla lo lleva a incurrir en más gastos, pero igual sale a competir al mercado con la persona que lo hace de manera informal. Y ese es el temor del Gobierno, el hecho de generar desempleo entre los cruderos del país, por ello se hace necesario repensar la normatividad, para el beneficio de todos tratando de no perjudicar a nadie", señala Mejía. - See more at: http://www.revistaialimentos.com.co/ediciones/ediciones-2011/edición-24/especial-inocuidad-en-colombia/lo-que-falta-en-inocuidad-en-colombia-2.htm#sthash.ZJcADhln.dpuf

El INVIMA tiene presente de la situación, teniendo en cuenta que debe haber una revisión que les permita un mayor compromiso por parte de los fabricantes. de igual forma señalan que el trabajo por parte de los fabricantes debe ser mas intenso en cuanto a la información suministrada a los consumidores con respecto a la inocuidad de los alimentos.  
el Ministerio de la Protección Social, las problemáticas se evidencian con la falta de compromiso por parte del sector productivo, en algunos casos, para el cumplimiento de las disposiciones del orden sanitario. Adicionalmente a lo anterior, debe tenerse en cuenta factores socioeconómicos, propios del territorio nacional dentro de los cuales se encuentra la diversidad cultural, organización social, entre otras, plantea el Ministerio. - See more at: http://www.revistaialimentos.com.co/ediciones/ediciones-2011/edición-24/especial-inocuidad-en-colombia/lo-que-falta-en-inocuidad-en-colombia-2.htm#sthash.ZJcADhln.dpuf


Colombia vs. Estándares internacionales



Actualmente el país cuenta con una base normativa armonizada principalmente con el Codex Alimentarius y otras reglamentaciones internacionales, que cuentan con requisitos transversales y otros específicos por producto, para el cumplimiento de los requisitos sanitarios, que no son otros que los establecidos a nivel internacional.
Es preciso aclarar, que algunos países de acuerdo a su desarrollo científico pueden establecer requisitos adicionales, por lo que los exportadores deben estar al tanto en el tema reglamentario del país de destino.
No obstante, para César Alberto Jáuregui, subdirector de Alimentos y Bebidas Alcohólicas del INVIMA, a Colombia le hace falta fortalecimiento de asuntos sanitarios asociados a los requerimientos internacionales, tales como planes nacionales de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos, programas de control y reducción de microorganismos patógenos, trazabilidad, entre otros.
Por ello el Ministerio de la Protección Social, como entidad rectora de la salud pública en Colombia y encargada de la expedición de medidas sanitarias, ha realizado una importante labor en materia de armonización de la reglamentación sanitaria con organismos internacionales de referencia, como el Codex Alimentarius y siguiendo pautas de normas elaboradas por la Unión Europea y otros referentes como la FDA de Estados Unidos de América, con el fin de cumplir con las medidas y estándares internacionales. - See more at: http://www.revistaialimentos.com.co/ediciones/ediciones-2011/edicion-24/especial-inocuidad-en-colombia/lo-que-falta-en-inocuidad-en-colombia-2.htm#sthash.ZJcADhln.dpuf